El consejo estudiantil es el órgano institucional y democrático en el cual se debaten las iniciativas de los estudiantes en diferentes cursos, por lo tanto, deben estar presentes en el un representante por grado, si en tu colegio por la cantidad de estudiantes que hay en un solo grado existen varios cursos por ejemplo 6ª, 6b, 6c. Cada curso debe tener un representante, pero democráticamente debe hacerse una elección para determinar cuál de ellos será la voz dentro del consejo estudiantil. Otra persona que debe estar dentro del consejo estudiantil es el personero (a).
Cabe resaltar que el personero (a) no debe ser quien asuma la presidencia del consejo estudiantil, ya que el consejo estudiantil es un órgano independiente y autónomo, el personero solo debe estar presente en las reuniones para escuchar las inquietudes de los representantes y responder satisfactoriamente a las mismas.
PRESIDENTE (A): Es el encargado de velar por que todos los proyectos que se emprendan en la institución se ejecuten de manera adecuada y organizada, imparte orden al interior del consejo estudiantil y ejecuta sanciones para los representantes que no cumplan cabalmente con su labor.
SECRETARIO (A): Es un asistente del presidente en todo lo que tiene que ver con el consejo, en él se delega la responsabilidad de convocar a las reuniones, solicitar los permisos ante el rector para las mismas, llevar registro de la asistencia, puntualidad y aportes de los demás representantes.
TESORERO: Es el encargado de administrar el dinero de los fondos del consejo, debe llevar especial registro de todo el dinero que sale y entra del y al consejo, vigila que el dinero que salga de él sea bien invertido para prevenir que se desvíen fondos del mismo.
El consejo estudiantil debe hacer control político sobre el personero (a), debe presionar a este para que cumpla con las promesas que hizo mientras estaba en campaña, en pocas palabras el consejo ejerce una función muy parecida a la del congreso de la república.
En algunos colegios este órgano no existe o existe ficticiamente, ya que nunca se reúnen sus representantes, si tu estudias en uno de estos colegios mi invitación es que asumas como un verdadero líder y organices la representación estudiantil, de esta manera estaremos más al tanto de las cosas que se hacen dentro del colegio y podremos tener una mejor organización para exigir el cumplimiento de nuestros derechos como estudiantes.
PERFIL DE LOS REPRESENTANTES DE GRUPO
ü
Que
sea un estudiante participativo y dinámico
ü
Que
sepa elegir con madurez, responsabilidad y libertad cada una de sus actuaciones
que le permitan obrar con honestidad y equilibrio.
ü
Que
sea un estudiante abierto al cambio, receptivo a las propuestas, debe poseer
carácter y criterio para saber escoger entre varias alternativas.
ü
Debe
tener dotes de líder siendo fiel a la institución.
ü
Debe
cumplir con sus deberes de estudiante por convicción libre y responsable.
ü
Que
sea un estudiante un estudiante con criterio de poder y observación para
recoger inquietudes y sugerencias que luego pueda aportar para el beneficio de
toda la institución educativa.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
Ø
Darse
su propia organización interna.
Ø
Elegir
al representante de los estudiantes ante el consejo directivo y asesorarlo en
el cumplimiento de su representación.
Ø
Invitar
a sus deliberaciones a todos aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
Ø
Colaborar
con el desarrollo de actividades de democracia estudiantil y en pro de la
institución.
DEBERES
Presentarse
puntualmente a las reuniones.
Dedicar
el tiempo requerido para cumplir sus funciones.
Ser
imparcial en el momento de evaluar cualquier actividad o desempeño de las personas.
Ser
congruente en las peticiones.
Debe
tener sentido de pertenencia por la institución.
Considerar
las opiniones de sus compañeros.
Conocer
el manual de convivencia.
DERECHOS
·
Libertad
de expresión y respeto como persona.
·
Recibir
apoyo por parte de toda la institución educativa.
·
Participar
en actividades que la institución
programe.
·
Tener
acceso a los medios de comunicación que tiene la institución.
ESTIMULOS
o
Nombrarle
para participar en eventos importantes.
o
Reconocimiento
ante sus compañeros.
o
Reconocimiento
institucional.
EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Base
jurídica, ley 115 de 1994, articulo 94
Debe ser
elegido por todo el estudiantado en general que se encuentre matriculado, debe
ser del último grado existente en la institución educativa.
FUNCIONES
·
Promover
el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.
·
Recibir
y evaluar las quejas y reclamos que presenten sus compañeros, cuando consideren
que se han lesionado sus derechos.
·
Recibir
las quejas y reclamos de las personas de la comunidad cuando consideren que los
estudiantes están alterando la convivencia en la comunidad.
·
Acudir
al consejo directivo cuando sea necesario para apelar las decisiones del rector
en relación con las peticiones que se presentan.
·
Estar
atento y actuar para que se conozca y se cumpla en manual de convivencia.
·
Promover
la participación en el estudio y la elaboración del proyecto educativo
institucional y el manual de convivencia.
·
Actuar
como conciliador entre directivos, administrativos, docentes, estudiantes y
padres de familia cuando se presenten conflictos.
·
Promover espacios y dinámicas para la construcción de
valores y propuestas de convivencia.
DERECHOS
ü
A
ser reconocido como gestor de paz, no violencia y convivencia.
ü
Ser
tenido en cuenta en la toma de decisiones especialmente las que están
relacionadas con los deberes y los derechos de los estudiantes.
ü
A
recibir información oportuna sobre la toma de decisiones y actividades
relacionadas con su labor.
ü
A
recibir capacitación sobre temas útiles para su eficaz desempeño y crecimiento
personal.
ü
A
utilizar los medios de comunicación del colegio.
ü
A
organizar foros mesas de trabajo talleres.
ü
A
integrar grupos de trabajo para constituir la personería de los estudiantes.
RIESGOS
o
Prometer
lo que no podrás cumplir.
o
Reemplazar
a un profesor.
o
Producir
material didáctico
o
Ser
compinche de los compañeros
o
Ser
jefe de disciplina.
EL CONTRALOR ESTUDIANTIL
Es el
estudiante elegido por votación de la mayoría de los estudiantes matriculados para representarlos en la
institución educativa en el perfil de encargo académico frente al control
social
El contralor
estudiantil actuara como veedor del buen uso de los recursos y de los bienes
públicos de la institución educativa a la cual pertenece labor que ejercerá con
la ayuda de la contraloría y la secretaria de educación departamental.
La figura del
contralor se complementara al gobierno escolar de la institución educativa.
PROCESO DE ELECCION
El contralor
estudiantil será elegido democráticamente, podrán aspirar a ser contralor
estudiantil los estudiantes de educación media de grado 10. Ejercerá su cargo
por un año prorrogable por un año más.
DEBERES
Ø
Propiciar
acciones concretas y permanentes de control social a la gestión de la
institución educativa.
Ø
Promover
la rendición de cuentas en la institución educativa
Ø
Canalizar
las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre las deficiencias o
irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de la
institución educativa.
Ø
Comunicar
a la comunidad educativa los resultados de la gestión realizada durante el
periodo.
Ø
Presentar
plan de trabajo de su gestión
Ø
Tener
sentido de pertenencia por la institución.
Ø
Cumplir
con el manual de convivencia
DERECHOS
ü
Recibir
un trato digno y respetuoso de todos los miembros de la comunidad.
ü
Conocer
oportunamente invitaciones, notificaciones y demás asuntos relacionados con su
cargo.
ü
Presentar
sus ideas con respeto y coherencia
ü
Aplicar
el debido proceso y conducto regular en todos los sucesos relacionados con su
vinculación académica a la institución.